Dejó las llaves puestas y le robaron el auto: reclamó al seguro con un insólito motivo y la Justicia no dudó

Sucedió en Córdoba. El conductor había dejado su Fiat Palio en la calle sin cerrar y esperaba una compensación.
 
Policiales13 de septiembre de 2026WSWS

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Un conductor reclamó casi $7 millones por el robo de su Fiat Palio, pero la Justicia consideró que había actuado con “culpa grave” al dejar el vehículo en la calle sin cerrar y con la llave colocada en el contacto.

El caso ocurrió en la ciudad cordobesa de Marcos Juárez y terminó con un fallo en contra del propietario. El Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia, a cargo del juez Edgar Amigó Aliaga, rechazó la demanda que había iniciado contra La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales.

El hombre había denunciado el robo de su Fiat Palio y pretendía que la compañía aseguradora cumpliera con la cobertura contratada. Sin embargo, la empresa se negó a pagar porque entendió que las circunstancias en las que había quedado el vehículo configuraban una conducta de “culpa grave” por parte del asegurado.

Qué pasó con el auto

El propietario sostuvo que la llave había quedado colocada en el tambor de encendido por un motivo concreto: una falla mecánica que le impedía retirarla. Según su versión, por esa razón no podía sacar la llave y no se trataba simplemente de un descuido.

También intentó respaldar su reclamo con el argumento de que Marcos Juárez tenía un bajo nivel de robos y que la zona donde había dejado estacionado el vehículo era considerada segura.

Pero para el juez esos argumentos no alcanzaron para justificar la forma en que había dejado el auto.

El auto había quedado abierto y con la llave puesta en el tambor. (Foto: Freepik.es).
El auto había quedado abierto y con la llave puesta en el tambor. (Foto: Freepik.es).

La sentencia destacó que el vehículo tenía colocada la llave de encendido, no contaba con alarma y, además, había quedado abierto en la vía pública. El magistrado entendió que, de esa manera, el propietario había eliminado prácticamente todas las medidas básicas de seguridad.

En concreto, el fallo señaló que el auto “se encontraba con las llaves de encendido colocadas”, que contaba con una sola llave de arranque, que no tenía alarma y que había sido dejado en la calle “no solo (...) con las llaves puestas, sino que estaba abierto”.

Para la Justicia, esa combinación de circunstancias fue determinante.

Qué dijo la Justicia sobre la culpa grave

El caso fue analizado bajo las normas de la Ley de Defensa del Consumidor y del Código Civil y Comercial, ya que existía una relación de consumo entre el asegurado y la compañía.

Sin embargo, el juez consideró que esa protección no impedía aplicar la exclusión prevista en el artículo 70 de la Ley de Seguros, que contempla la posibilidad de que la aseguradora queda liberada cuando el siniestro se produce como consecuencia de la culpa grave del asegurado.

La sentencia fue clara al señalar que el conductor había dejado el vehículo prácticamente sin protección frente a un eventual robo.

El magistrado sostuvo que el propietario “le quitó al vehículo de su propiedad casi la totalidad de las medidas de seguridad con que cuenta un rodado para evitar su sustracción”.

De esta manera, concluyó que no se trataba de un simple olvido o una negligencia menor, sino de una conducta suficientemente grave como para permitir que la aseguradora rechazara la cobertura.

El argumento de que era una ciudad segura

Otro de los puntos analizados fue el intento del conductor de demostrar que el robo era poco probable debido al bajo índice delictivo de Marcos Juárez.

El juez descartó esa explicación. Incluso citó el testimonio de una persona que declaró durante el proceso y que contradijo la idea de que se tratara de una zona en la que prácticamente no existían robos.

En ese sentido, el fallo sostuvo que las estadísticas sobre delitos no alcanzaban para quitarle responsabilidad al propietario.

“El uso de estadísticas no constituye un elemento objetivo de prueba suficiente para eximir de ‘culpa grave’ al accionante”, afirmó el magistrado.

Y agregó que, aún si los datos mostraran una baja cantidad de robos en la ciudad, debía partirse de una situación distinta: esos vehículos se encontraban cerrados y sin la llave colocada.

Por eso, el nivel de seguridad de la localidad no fue considerado una razón suficiente para dejar el auto abierto y con la llave puesta.

Una obligación básica para quien deja el auto en la calle

El fallo también abordó la relación entre la Ley de Seguros y las normas de protección al consumidor.

El juez sostuvo que el artículo 70 de la Ley de Seguros establece un estándar que puede aplicarse aún dentro de una relación de consumo y que no entra en conflicto con el deber de información que tienen las empresas frente a sus clientes.

En ese punto, remarcó que la conducta que se esperaba del asegurado —dejar el vehículo cerrado y sin las llaves colocadas— no podía considerarse una exigencia extraordinaria.

Por el contrario, se trataba, según la sentencia, de “un deber de cuidado elemental y de sentido común”.

Con esos argumentos, el Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Marcos Juárez rechazó la demanda y dejó al conductor sin la indemnización que reclamaba por el robo de su vehículo.

Fuente TN